Recientemente la Generalitat de Cataluña aprobó un decreto que “legalizaba” los diagnósticos realizados por los llamados “médicos naturistas o naturópatas”, que carecen de la preceptiva condición jurídica de profesionales con competencias sanitarias, condición legalmente imprescindible para poder realizar diagnósticos y tratamientos.
El llamado decreto de medicina natural de la Generalitat de Cataluña, que ponía en riesgo la salud de los ciudadanos de esta Comunidad, duró lo que tardó el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España en tomar conocimiento y recurrirlo ante los Tribunales.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, declaró la nulidad de la totalidad del Decreto de la Generalitat de Cataluña por vulnerar la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en su Sentencia 550/2009, de 4 de junio, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo Ordinario 112/2007.
Junto a la Generalitat de Cataluña figuraba como codemandada la Federación de Asociaciones de Profesionales de Terapias Naturales de Cataluña, con un interés evidente, pero también el Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña. Todos ellos defendían que pudieran realizarse diagnósticos y tratamientos por parte de profesionales que no ostentan la condición de profesionales de la salud.
Texto íntegro de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Click aquí
Información en el diario El País Click aquí
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